Ante la confusión creada por la dirección y algún sindicato sobre los permisos para acudir a votar, desde CGT queremos dejar bien claro que el derecho a un permiso retribuido por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable, que incluye el ejercicio del sufragio activo, se recoge en el artículo 58 del III Convenio Colectivo de Correos.
Asimismo, en la circular remitida por la jefa de Relaciones Laborales de la zona 3 con fecha de 10 de diciembre, se especifica claramente que “Los electores disfrutarán de permiso por el tiempo necesario para ejercer su derecho a voto”. Si bien es cierto que en dicha circular se estima el tiempo a emplear en función de la distancia en la que se encuentre la Mesa de votación, en ningún caso, esta estimación puede cercenar el derecho a votar en las elecciones sindicales.
Recordamos que el horario de las Mesas es de 9:00h a las 18:00 horas, salvo aquellas en las que vota el turno de noche (Mesas de la OP de Barcelona y del CTA de Sant Cugat), las cuales estarán abiertas de 5:00h a las 18:00h. Hay que tener en cuenta que en anteriores procesos las Mesas cerraban a las 20:00h, con lo que de nuevo nos enfrentamos a otro intento de evitar que votemos presencialmente; primero reducen el número de mesas, después el horario y ahora pretenden limitarnos el tiempo para ejercer nuestro derecho a votar.
Desde CGT insistimos en que debemos acudir a votar durante el transcurso de nuestra jornada de trabajo ordinaria y NADIE NOS LO PUEDE IMPEDIR.
¡REBÉLATE! EJERCE TÚ DERECHO AL VOTO PRESENCIAL,
ACUDE A VOTAR EL 18 DE DICIEMBRE DENTRO DE TU JORNADA DE TRABAJO.